Disposición de un coordinador de trabajo en alturas que verifica condiciones, permisos y medidas de seguridad antes y durante las tareas en altura, conforme a la normativa vigente.
Disponemos de un coordinador de trabajo en alturas, una figura exigida por la normativa de seguridad para protección contra caídas (Resolución 1409 de 2012 y Resolución 4272 de 2021). El coordinador verifica que las tareas en altura cumplan los requisitos, revisa permisos y equipos, supervisa la ejecución y tiene la autoridad para detener cualquier actividad ante condiciones inseguras.
Cuándo se recomienda
En tareas con riesgo de caída a 2 metros o más.
Cuando la empresa no cuenta con coordinador certificado.
En obras, mantenimientos o montajes en altura.
Para cumplir la normativa de trabajo seguro en alturas.
Alcance del trabajo
Verificación previa de condiciones y permisos.
Revisión de equipos, EPP y puntos de anclaje.
Acompañamiento y supervisión durante la tarea.
Apoyo en el control de personal y accesos.
Registro de la actividad realizada.
Proceso operativo
Cómo se desarrolla el servicio
1
VerificaciónRevisión de condiciones, permisos, EPP y puntos de anclaje.
2
AutorizaciónValidación de que la tarea cumple los requisitos para iniciar.
3
SupervisiónAcompañamiento y control de seguridad durante la ejecución del trabajo.
4
CierreVerificación final del área y registro de la actividad realizada.
Galería del servicio
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